sábado, 17 de septiembre de 2022

Resumen de la Sentencia sobre el Bar-Restaurante de la Veracruz

Por si fuera de interés, se resume la reciente sentencia que ha examinado la legalidad de la construcción y explotación del bar - restaurante Veracruz, es el siguiente:

I. Sentencia en firme (de 3 de junio de 2022 y no recurrida en plazo por los demandantes), 
dictaminada por el Tribunal Superior de Justicia de Casilla y León, con sede en Burgos, que dice: teniendo en cuenta la “escasa entidad del daño producido, o del riesgo creado" ha sentenciado que lo edificado no es una Infracción urbanística “grave” o “muy grave”Por lo que ha anulado la anterior sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Segovia.

II. Y ha considerado que en ningún caso procede:

1. La suspensión de la licencia municipal otorgada.

2. La reposición del terreno (expropiación, etc.).

3. La cesación en la actividad (cierre).

4. Ni la restauración de la legalidad urbanística (demolición).

III. De paso, también ha descartado otra serie de argumentos menores, alegados por el

demandante y muy comentados entre los vecinos:

1. Que no pueda funcionar el bar- restaurante sin el aula de la Naturaleza.

2. Que no tenga acceso rodado.

3. Que no pueda ser explotado directamente por el ayuntamiento.

4. Que no se haya contratado legalmente al personal.

5. Que no se hayan solicitado, ni obtenido, las autorizaciones gubernamentales obligatorias.

6. Y que no se hayan formalizado los acuerdos obligatorios reservados al pleno municipal.

IV. Y ha recordado – sin ánimo exhaustivo, pues, entre otras más, obvia las correspondientes a la Confederación Hidrográfica del Duero y al Parque Natural de las Hoces del Río Riaza – las muchas autorizaciones gestionadas y obtenidas por el Ayuntamiento que han permitido y permiten la actividad de restauración:

1. Autorización de uso excepcional de suelo rústico: Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo en Segovia [Sesión del 05/02/2015].

2. Licencia ambiental del Ayuntamiento de Maderuelo.

3. Informe favorable del Jefe del Servicio Territorial de Cultura [06/02/2013].

4. Informe favorable del Servicio Territorial de Cultura [09/07/2013].

5. Informe favorable de la Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial del Medio Ambiente).

6. Informe favorable del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social.

7. Informe favorable del Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo.

V. CONCLUSIONES:

  • Lo edificado y cuanto queda por realizar no era, ni es ilegal.

  • La actividad de bar - restaurante era y es perfectamente legal.

  • Por todo ello, debería finalizarse completamente el proyecto, pues tiene un fin social y aprovecha un enclave natural único, ya que la autorización de uso excepcional en suelo rústico justifica la construcción en su conjunto con el Centro de Interpretación-Aula de la Naturaleza y tienda Bar-Restaurante.

GRACIAS A TODOS  POR VUESTRA ATENCIÓN

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